Proceso Constituyente: los pasos a seguir según el resultado del plebiscito de salida.

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Con el texto definitivo del borrador de la nueva Constitución, se abren solo 2 posibilidades concretas y reales de resultado del plebiscito, APRUEBO O RECHAZO, no existen otras alternativas en el voto que se sufragará el día 04 de Septiembre de 2022. Existe una enorme cantidad de información incorrecta o derechamente falsa respecto a las consecuencias jurídicas y practicas de ganar cualquiera de las opciones, sin embargo constitucionalmente solo existen las siguientes efectos o procesos a seguir, revisaremos a continuación cuales son:

a) En caso de Ganar el Apruebo, la constitución actual es derogada y entra en vigencia el proyecto de nueva Constitución mediante un proceso gradual de implementación que está estipulado en las disposiciones transitorias de la nueva Constitución, es decir, los cambios serán graduales y no existirá un vacío institucional o una implementación sin regulación; las disposiciones transitorias se encuentran en el texto del borrador.

En caso que gane el Rechazo, solo existe una consecuencia legal y jurídica, esto es, se mantiene vigente la Constitución promulgada en 1980. Ni el acuerdo del 15 de noviembre ni las reformas constitucionales que permitieron hacer todo este proceso constituyente indican otra obligación ni crean un nuevo proceso constituyente, tampoco establecen la obligación de reformar la actual Constitución.

¿Por qué es importante esta distinción y aclaración?
Porque hay sectores que desinforman respecto a este tema, si gana el Rechazo no hay ninguna certeza que la actual Constitución sea reformada ni tampoco si existirá un nuevo proceso constituyente y sus integrantes.

La recomendación es informarse por canales oficiales, leer el Borrador definitivo y votar el día 04 de septiembre de 2022. El texto definitivo lo puede leer escaneando el código QR.

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