“PAGO DE FACTURAS A 30 DÍAS”

0
956

Pago de facturas a 30 días ¿Cómo cobro a mis grandes clientes?

Desde el 1º de abril de 2020, empieza a regir el plazo de 30 días para el pago de todas las facturas emitidas por privados a privados, esto significa que desde la recepción de la factura emitida por el vendedor o prestador de servicios corre el plazo de 30 días corridos para su pago, para el sector publico sigue rigiendo el plazo de 60 días.
¿Qué significa esto para mi empresa? En síntesis, la ley da un plazo de 30 días para el pago de todas las facturas emitidas a privados, la diferencia más sustancial es que es la propia ley la que indica que pasado el plazo de pago el comprador se constituye en mora y el saldo insoluto genera intereses. Además, el comprador o beneficiario del producto o servicio que esté en incumplimiento del plazo de pago deberá́ pagar una comisión fija, equivalente al 1% del saldo insoluto adeudado. ¿Cómo le cobro a mis grandes clientes? La ley favorece a las PYME porque obliga a los compradores a pagar en un plazo máximo de 30 días, cambiando radicalmente la situación anterior que permitía pagos hasta 180 días o mas o a conveniencia del comprador, quien podía abusar de su posición dominante en el mercado o en la relación comercial con la pequeña Pyme ¿Qué pasa si el comprador quiere pagar en mas plazo? La ley no obliga aceptar esa forma de pago y en caso que las partes lo acuerden debe constar por escrito y ser registrado en el ministerio de Economía, en un registro especial, y estos acuerdos no pueden desfavorecer al acreedor.


ABOGADO MAYKEL JORQUERA TAPIA, Estudio Jurídico CONSULTORESLEX

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here